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Reclamar una factura impagada a un cliente extranjero

Si tu cliente moroso está en otro país de la Unión Europea, no partes de cero: la Directiva 2011/7/UE de lucha contra la morosidad es el origen de nuestra Ley 3/2004, así que principios similares (intereses de demora, compensación por gastos de cobro) existen también en su país. Además, existe el proceso monitorio europeo, pensado específicamente para reclamar deudas dinerarias no impugnadas entre países de la UE sin necesidad de abogado en muchos casos, con un formulario estandarizado válido en todos los estados miembros.

Si el cliente está fuera de la UE, la complejidad aumenta: cada país tiene su propia normativa de morosidad (o ninguna equivalente), y ejecutar una sentencia española fuera de la UE no siempre es sencillo. Para estos casos, calcula primero lo que te debe aplicando la ley española como referencia del daño sufrido, pero antes de iniciar cualquier reclamación judicial fuera de la UE, te recomendamos asesorarte con un abogado especializado en cobros internacionales: el procedimiento correcto depende del país del deudor.

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Preguntas frecuentes

¿Se aplican los intereses de demora españoles a un cliente de otro país de la UE?+

La ley aplicable depende del contrato y del derecho internacional privado, pero como referencia de cálculo puedes partir de la Ley 3/2004; muchos países de la UE tienen mecanismos equivalentes por la directiva de morosidad europea.

¿Qué es el proceso monitorio europeo?+

Es un procedimiento simplificado para reclamar deudas dinerarias no impugnadas entre países de la Unión Europea, mediante un formulario estandarizado, sin necesidad de comparecer ante el tribunal del país del deudor.

¿Y si mi cliente está fuera de la Unión Europea?+

La reclamación se complica: depende de la normativa del país del deudor y de si existen tratados de reconocimiento de sentencias. Te recomendamos asesorarte con un abogado especializado antes de iniciar acciones judiciales.

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